Plan de Igualdad

SERVICIOS PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LA EMPRESA:

La igualdad de oportunidades es un imperativo legal desde que en marzo de 2007 se promulgó la ley LIOHM 3/2007 por la cual todas las empresas han de tener medidas de igualdad y prevención del acoso sexual y por razón de sexo. Para ello proponemos los siguientes servicios:

  • Análisis de Diagnóstico y el Plan de Igualdad vigente
  • Definición de un cuadro de indicadores para el seguimiento del plan de igualdad.
  • Comprobar el grado de cumplimiento con la normativa legal
  • Identificar medidas correctoras.
  • Impartición de formación a la Comisión de Igualdad
  • Soporte a la empresa en el Comité de Igualdad
  • Redacción Plan de Igualdad
  • Redacción del Protocolo de prevención de acoso sexual y laboral
  • Preparación del expediente para optar al DIE (Distintivo de Igualdad en la Empresa)
  • Formación en igualdad para mandos y plantilla
El 24 de marzo del 2007, entro en vigor la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres, que tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades profesionales entre mujeres y hombres

El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres se modifica la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo

  • Las empresas entre 50 y 100 empleados deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad en el plazo de tres años.(marzo del 2022)
  • Las empresas de más de 100 trabajadores y hasta 150 deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad en el plazo de dos años. (marzo del 2021)
  • Las empresas de más de 150 trabajadores y hasta 250 deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad en el plazo de un año. (marzo del 2020)
  • Se creará un registro de planes de igualdad, estando las empresas obligadas a inscribir los mismos en dicho registro.
  • Tanto el registro de los planes de igualdad como el diagnóstico, los contenidos, las materias, las auditorias salariales, los sistemas de seguimiento y la evaluación de los planes se desarrollarán reglamentariamente.

Real Decreto 901/2022, de 13 de octubre por la que se regula los Planes de Igualdad y su Registro

Real Decreto 902/222, de 13 de octubre, que regula la Igualdad Retributiva entre hombre y mujeres Es Obligatorio realizar un plan de igualdad, negociado, para las empresas que tengan mas de 50 trabajadores. El plan de igualdad deberá incluir valoración de ocupaciones, registro retributivo y auditoria retributiva.

Ley 9/2017, 8 de noviembre contratos del Sector Público, establece como requisito necesario para la licitación la realización de un Plan de Igualdad.